Condenado a 3 años de prisión por Incumplimiento del Deber Legal Alimentario

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Un hombre fue condenado a 3 años de pena privativa de libertad, al ser encontrado culpable por el hecho punible por Incumplimiento del Deber Legal Alimentario, en un juicio oral que tuvo lugar este martes 21 de diciembre. La fiscal Vanesa Candia representó al Ministerio Público y produjo varias pruebas documentales y testimoniales para propiciar el fallo condenatorio.

El sentenciado está identificado con las iniciales F.J.R., quien una vez que quede firme la condena deberá guardar reclusión en la Penitenciaría Regional de Ciudad del Este, donde deberá compurgar su pena.

Según los antecedentes, el hoy sancionado había incumplido el Auto Interlocutorio N° 350 de fecha 12 de junio de 2013, mediante el cual la juez Delcy Cardozo Ramos había fijado provisoriamente la suma de 600.000 guaraníes como pensión alimenticia. Luego, por Sentencia Definitivamente N° 643 se determinó que el citado pagará 1 millón de guaraníes, debiendo ser depositado en forma mensual en una cuenta judicial abierta en el Banco Nacional de Fomento (BNF).

Sin embargo, ambas disposiciones judiciales no fueron acatadas por F.J.R. Conforme con lo que se demostró en el debate público, los pagos debían cumplirse desde el inicio de la demanda, mayo de 2013. Ante tal situación, la madre de la niña radicó una denuncia formal ante la Fiscalía, donde tras varias diligencias investigativas, se corroboró que el hombre no abonó dichas cuotas.

Al considerer el extracto del banco actualizado y otros aspectos relevantes, la agente fiscal amplió la acusación. De esa manera quedaron probados los hechos atribuidos al acusado. En consecuencia, el Tribunal de Sentencia presidido por la juez Lourdes Morínigo e integrado por Evangelina Villalba y Oscar Gabriel Genez dictó el fallo.

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