Impedirán gestionar documentos y otros trámites a los que no voten

“No creemos que deba castigarse al ciudadano para incentivar al voto, tenemos que convencerle a la gente de que nos vote, no imponerle”, opinó el legislador colorado, Raúl Latorre.

La propuesta legislativa “Que modifica el artículo 332 de la Ley 834/96 “Que establece el Código Electoral Paraguayo”, fue sancionada ayer en la Cámara Baja, y muy pronto puede ser promulgada por el Poder Ejecutivo.

Latorre explicó que la denominación de “muerte cívica”, se debe a que la persona que no votó, no podrá hacer trámites en: Registro del Automotor, Tributación, Identificaciones, municipalidades, gobernaciones, entre otros.

El impedimento regirá hasta que el “infractor” pague la multa de medio jornal mínimo, que, con el último reajuste de junio, equivale a 49.044 guaraníes, tomando en cuenta que el jornal quedó en 98.089 guaraníes.

El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional tendrá la facultad de cobrar la multa prevista en el artículo 332 del Código Electoral. Hoy

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