En promedio al año, unos 7000 niños no reciben alimentos de sus padres

Según los datos abiertos que maneja el Ministerio Público, un promedio de 6000 a 7000 niños, niñas y adolescentes por año, son víctimas del hecho punible del Incumplimiento del Deber Legal Alimentario

En el hecho punible de Incumplimiento del Deber Legal Alimentario, la Plataforma de Datos Abiertos del Ministerio Público registra desde el 2018 hasta Setiembre de 2024 un total de 48.482 causas investigativas.

No obstante, hay que señalar que en relación a la cantidad de víctimas se incrementa entre un 20% a 30%, más atendiendo que en varias causas se tiene entre 2 a 4 niños o niñas como víctimas por cada causa abierta, por lo que se observa cerca de 60 mil víctimas aproximadamente desde el 2018.

El Deber Legal Alimentario es un derecho del niño, de la niña, y de los adolescentes, es una obligación de los padres en general, a fin de precautelar otros derechos básicos como la subsistencia, el derecho a la alimentación, a la educación, a la salud, a la vestimenta, medicaciones que fueran necesarias e incluso, derecho a la recreación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

El incumplimiento de dicho deber puede llevar al empeoramiento de las condiciones básicas necesarias del niño, de la niña o adolescente, cuando sólo uno de los padres corresponde con dicha responsabilidad.

La penalización busca evitar este empeoramiento a fin de restablecer y precautelar los derechos universales, teniendo como elemento vector, el interés superior del niño.

A fin de acceder a dicho derecho se puede acudir a la Defensoria de la Niñez o Juzgado de la Niñez, una vez que se ha obtenido una sentencia del Juzgado de Niñez y Adolescencia y está sentencia es incumplida se produce el delito de incumplimiento que puede ser denunciado en el Ministerio Público, además de solicitar el registro en REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos).