El nombre de Sonia Britez quien sería pareja de Alejandro Acosta, supuesto funcionario de la Municipalidad de Jesús aparece con millonarios contratos a la Municipalidad de Jesús de Tavarangue maquillado a través del Consejo de Desarrollo Distrital.
El nombre de Sonia Britez aparece en al menos 8 operaciones realizadas a través del Consejo de Desarrollo Distrital entre el 26 de octubre de 2022 al 22 de diciembre de este año con millonarios contratos para la construcción de veredas y empedrados.
Entre las 8 adjudicaciones aparecen la suma de Gs. 330.000.000, en todos los ítems para la construcción de veredas y caminos en la comunidad indígena Kambay.
Así también el nombre de Sonia Mabel Britez Oviedo aparece en la lista de contribuyentes con presuntas irregularidades en las retenciones ante la Secretaría de Estado de Tributación como la falta de expedición de boletas de retención como así también la ejecución del proceso pero la falta de transferencia ante la SET.
De la misma manera, siempre de acuerdo a documentales, la Municipalidad habría aceptado las facturas crédito de Britez Construcciones por el total de los contratos y no en los momentos parciales que garantizan la fiscalización de las obras.
Junto a otras empresas, Britez Construcciones de Sonia Mabel Britez Oviedo habrian facturadl más de Gs. 1.547 millones en las mismas circunstancias.
El cruce de la investigación realizada por En Línea, no pudo precisar el cargo específico que desempeña Acosta en la administración de Garay, sino que las documentales lo ubicaría
únicamente como administrativo. No se descarta que desde la actual administración municipal lo hayan borrado para evitar el cruce de datos que lo vinculen a la proveedora de la Comuna y que su pareja pueda realizar los millonarios contratos. Sin embargo; el nombre de Alejandro Acosta ya está salpicado a polémicas administraciones como lo fue en su momento con el acusado Hernán Schlender. Así también fue concejal en el periodo donde Nelson Rodriguez fue intendente municipal y habría vuelto funcionario en la administración de Hugo Paiullaux. En este último caso, la Contraloría General de la República no cuenta con un solo documento al respecto.
La ley 3966 en su artículo 278 prohíbe que el Intendente, concejales y funcionarios y sus familiares celebren contrato con la Municipalidad lo que puede encuadrarse fácilmente bajo figuras penales como lesión de confianza, asociación criminal y otros.